Plan de Igualdad - Fundación de los Ferrocarriles Españoles

Plan de Igualdad


El presente Plan de igualdad de la Fundación de los Ferrocarriles Españoles, F.S.P., tiene la finalidad de enumerar, establecer, implementar e integrar una serie de medidas orientadas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres de la empresa.

Es bien sabido que la igualdad entre géneros es un principio jurídico universal reconocido en la normativa y textos internacionales, europeos y estatales.

Así, ya la Unión Europea lo recoge como principio fundamental a partir del tratado de Ámsterdam de 1 de mayo de 1997, cuando estableció que “la Comunidad se fijará el objetivo de eliminar la desigualdad entre el hombre y la mujer y promover su igualdad”, objetivo transversal que debe reflejarse en todas las políticas y acciones de los Estados miembros.

En todo caso, con la suscripción del presente Plan de Igualdad, se incorporan unos objetivos y medidas que mejoran significativamente este ámbito de las relaciones laborales, con el ambicioso fin de avanzar en la materia y alcanzar la mayor igualdad posible entre mujeres y hombres, eliminando cualquier discriminación que se pueda apreciar.

Para la elaboración de este Plan de Igualdad se ha realizado un profundo estudio y valoración de la situación y posición de las mujeres y de los hombres dentro de la Fundación para detectar la posible presencia de discriminaciones y desigualdades que puedan requerir la adopción de una serie de medidas para su eliminación y/o corrección.

No se debe olvidar que conseguir la igualdad real supone no solo evitar discriminaciones por razón de género, consistentes en la igualdad de trato, sino también conseguir la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en el acceso a la Fundación, la contratación y las condiciones de trabajo, la promoción, la clasificación profesional, la ordenación del tiempo de trabajo, la formación, la retribución y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como la especial atención a aquellas situaciones de violencia hacia las mujeres que supongan mayor vulnerabilidad para quienes puedan sufrir directamente esa violencia.

El presente Plan de Igualdad está en consonancia con la normativa aplicable:

  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  • Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
  • Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.


El presente Plan de Igualdad se configura como un documento vivo que se actualizará periódicamente. El paquete de medidas de igualdad que se presenta en el mismo, servirá de motor del principio de igualdad y de tutela contra la discriminación según establece la regulación legal, todo ello sin dejar de considerar ni perder de vista las especiales características de la Fundación, claramente marcada por el sector de actividad en el que se encuadra.


Enviado el 21 de diciembre de 2021 al Registro y depósito de Convenio Colectivos, Acuerdo Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, órgano dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social.