En fecha de 23 de noviembre de 2022 quedó
publicada en el Boletín Oficial del Estado la Orden
TMA/1131/2022, de 11 de noviembre, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones a entidades locales para el fomento del
uso de la bicicleta a través de inversión en
infraestructura ciclista.
De acuerdo a la Disposición Adicional decimosexta de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana autoriza a la Fundación
Española de los Ferrocarriles, F. S. P. a la
concesión de subvenciones a entidades locales que
ejecuten proyectos de infraestructuras que fomenten
el uso de la bicicleta. Todo ello se enmarca a su
vez en las acciones contempladas en la Estrategia
Estatal por la Bicicleta.
A través de la Plataforma habilitada al efecto se
podrán presentar los proyectos que ajustados a los
términos de las bases reguladoras y de la primera
convocatoria de subvenciones, vayan destinados a
fomentar la movilidad activa, a desincentivar el uso
de vehículo privado de motor y a promover un cambio
modal hacia un tipo de transporte menos contaminante
y más saludable.
Dichas ayudas van dirigidas a municipios de menos de
50.000 habitantes que no sean capitales de provincia
con el objeto de financiar proyectos de inversión en
infraestructura ciclista.
Datos básicos de la primera convocatoria de ayudas a
la movilidad ciclista
Presupuesto: 4 700 000 euros.
Beneficiarios: Municipios de todo el territorio
nacional con población inferior a 50 000 habitantes
y que no sean capitales de provincia.
Proyectos financiables: ejecución de vías ciclistas,
instalación de aparcamientos seguros y otras
infraestructuras ciclistas (aforadores/contadores).
Financiación: los proyectos elegibles deberán tener
un importe mínimo subvencionable de 300 000 euros y
un importe máximo subvencionable de 500 000 euros.
La ayuda podrá cubrir hasta el 90 % de los costes
elegibles. En todo caso, el proyecto podrá tener un
presupuesto total superior al importe máximo
subvencionable y podrá estar en fase de licitación.
Gastos subvencionables: costes de redacción del
proyecto, asistencias técnicas, ejecución,
inversión en equipos y materiales, publicidad, IVA y
costes indirectos hasta el 6 %.
Pagos: anticipo del 100 % sin garantía.
Plazo de presentación: 2 meses desde la publicación
del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado (BOE).
Plazo de ejecución: 18 meses
Criterios valorables: criterios estratégicos
alineados con la EEB, criterios técnicos de calidad
y de impacto, criterios de madurez y relevancia.
¡Esperamos recibir interesantes proyectos que
cumplan con los objetivos que entre otros, marca la
Estrategia Estatal por la Bicicleta!
#EfectoBicicleta